"La función general de los sueños es intentar restablecer nuestro equilibrio psicológico. Esto es lo que yo llamo el papel compensador de los sueños en nuestra organización psíquica. El sueño compensa las deficiencias de nuestra personalidad y al mismo tiempo advierte de los peligros de la vida presente. Lo que no conseguimos ver conscientemente con frecuencia lo ve nuestro inconsciente que nos transmite la información por medio de los sueños. Esta función del sueño constituye una regulación psíquica, un contrapeso absolutamente indispensable a toda actividad ordenada. Según nuestra actual experiencia, parece que todos los puntos de vista subestimados o desconocidos en el estado de vigilia, es decir que fueron relativamente inconscientes, se presentan al espíritu del soñador, al menos para orientarlo. A mi modo de ver todos los sueños tienen una relación compensatoria con los datos conscientes. Si bien el sueño contribuye a la regulación psíquica espontánea del individuo reuniendo automáticamente todo lo que ha sido reprimido, descuidado o ignorado, su capacidad compensatoria a menudo no resulta tan clara, esto es debido al hecho de que los procesos psíquicos compensadores casi siempre son de naturaleza individual, lo que dificulta de modo considerable la demostración de su carácter compensador. Los sueños se comportan como compensaciones de la situación consciente respectiva por eso es imprescindible para realizar una interpretación adecuada conocer plenamente la orientación de la conciencia. La compensación representa una adecuada autorregulación del organismo psíquico. Al proponer la teoría de la compensación no pretendo afirmar que sea la única teoría posible acerca de los sueños, o que explique por completo todos los fenómenos de la vida onírica".
C.G. Jung
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